Todos los servicios pagarán IVA a partir de enero 2023, a prepararse

Todos los servicios pagarán IVA a partir de enero 2023, a prepararse

Tal como dice el título, en enero 2023 entra en vigencia una de las medidas establecidas en la Ley 21.420 que reduce o elimina exenciones tributarias.

 

Los únicos servicios prestados por empresas que se mantendrán exentos son los de los sectores de salud, educación y transporte.

 

Así por ejemplo, las empresas que presten servicios legales, contables, deportivos, financieros, de gestión empresarial, veterinarios y amplio muchos otros, empezarán a tener que gravar sus servicios con IVA (y seguro esto causará aumentos de precios que afectarán sus ventas al traspasar el impuesto al consumidor final).

 

Hay una excepción a la regla, las sociedades de profesionales, compuestas por 2 o más profesionales de profesiones idénticas, afines o complementarias, que, ejerciendo exclusivamente la actividad profesional para la que se constituyeron y al tributar en segunda categoría (si, leíste bien, son empresas que emiten boletas de honorarios) mantendrán su exención de IVA.

 

Es un tema que da para largo y que pretendemos abordar con detalle en el canal, este es un primer informativo, quedan menos de 6 meses, si vendes servicios, tienes que empezar a prepararte.

 

Algunas consideraciones.

 

Hay empresas de servicios considerando (quizás algunas ya lo hicieron) en la posibilidad de convertirse en sociedades de profesionales, pero cuidado con eso ya que el Servicio de Impuestos Internos ya ha deslizado la posibilidad de que eso sea considerado como elusión, es decir, que el acto de reorganizarse como contribuyente para tributar en segunda categoría, exento de iVA, cuando antes esa empresa tributaba en primera categoría y ahora debieran quedar sus actividades por tanto afectas de IVA, pudiera ser elusión.

 

Actualmente no hay nada 100% claro sobre esto, es un tema en desarrollo.

 

Lo que si es claro es que si creas una nueva empresa como sociedad de profesionales, si tributarías exento en segunda categoría y en ningún caso eso pudiera ser considerado elusión, aunque tengas otras empresas de servicios.

 

Comentamos esto porque claramente considerando la nueva normativa, ha habido un auge en las consultas sobre sociedades de profesionales.

 

Otro tema importante es analizar el si esta subida del 19% será absorbida por las empresas, o se traspasará a precio.

 

¿Qué creemos nosotros sobre esto?

 

Probablemente habrá un mix, no es un secreto que las empresas de servicios no son intensivas en compras con IVA, muchos servicios son basados en conocimiento, información, experiencia, nada de eso genera IVA de débito que permita netear con el de crédito que se debe pagar al Estado en el F29 mes a mes, por tanto, una parte o quizás todo ese IVA, se irá a precio.

 

Obviamente esto será una decisión de cada empresa, pero de que afectará los precios (y por tanto la inflación), seguro que será así y por lo mismo es que quizás (será el Gobierno y el congreso quienes decidan eso), sería interesante que, considerando el escenario económico actual y que todo indica que se agravará el próximo año, pudiera plantearse la posibilidad de aplazar la entrada en vigencia de esta medida.

 

Por último igualmente vemos interesante mencionar que esta medida no es algo novedoso, no es que Chile sea único en esto, de hecho es al revés, la mayoría de los países del mundo cobran IVA a los servicios y por tanto no es algo malo y permite recaudar más dinero al Estado, lo único que pudiera ser mejorable, por el contexto actual y de corto-mediano plazo de la economía nacional, es el tiempo en que se estaría aplicando.

 

Cuéntanos qué te parece todo esto, si tienes una empresa de servicios cómo lo abordarás, y todo lo que quieras aportar al respecto en los comentarios.

 

También tenemos un video que aborda el tema con mayor detalle: https://www.youtube.com/watch?v=L0vEgv_202Y

 

Y te invitamos revisar otros contenidos para emprendedores de nuestro blog: https://www.alphaconsulting.cl/tips-para-emprender/